Elreconocimiento del derecho a la asistencia jur铆dica gratuita llevar谩 consigo la designaci贸n de abogado y, cuando sea preciso, de procurador de oficio, salvo que el solicitante designe libremente a uno de los profesionales mencionados, debiendo renunciar 茅ste a percibir sus honorarios o derechos y haci茅ndolo constar por escrito junto con los
Art铆culo4潞.- PRESTACION DE TURNO DE OFICIO. DEBERES DE LOS ABOGADOS. A) Los Letrados adscritos a este servicio procurar谩n, tanto en sus actuaciones profesionales como en su relaci贸n con los clientes, la m谩xima dedicaci贸n e inter茅s. B) La actuaci贸n del Abogado de Oficio es personal y obligatoria.
Renunciaa la actuaci贸n frente al cliente. Las relaciones del Abogado con el cliente se basan en la libertad del primero de aceptar o rechazar su intervenci贸n. Una vez aceptado el encargo puede, igualmente, dejarlo no solo cuando haya discrepancias con el cliente o se atente contra los principios de la profesi贸n.Lapresente Ley se aplica a las abogadas y los abogados en el ejercicio de la profesi贸n, dentro del territorio del Estado Plurinacional de Bolivia. Art铆culo 3. (FUNCI脫N SOCIAL). El ejercicio de la abogac铆a es una funci贸n social al servicio de la Sociedad, del Derecho y la Justicia. Art铆culo 4. (PRINCIPIOS).
. 470 492 227 451 424 5 1 131